Se exceptúa de la prohibición del distanciamiento social, preventivo y obligatorio al personal que desarrolla tareas en casas particulares, el cual queda autorizado a la utilización del servicio público de transporte de pasajeros de colectivos, trenes y subtes dentro área metropolitana de Buenos Aires (AMBA).
Las personas alcanzadas por la presente medida, deberán tramitar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19”.
Fuente: Errepar.
23 febrero, 2021
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