DA 721/20 – Créditos tasa cero para a portantes a cajas profesionales
Alcanzan tanto a los trabajadores autónomos afiliados a las Cajas Profesionales Provinciales como a los afiliados al SIPA.
- Autónomos que realizan aportes a Cajas Profesionales: se recomienda que la AFIP recabe la información relativa a los posibles beneficiarios que se encuentren afiliados a las cajas profesionales provinciales para, luego, proceder a instrumentar el acceso de ellos al beneficio en cuestión en los casos en que se satisfagan las condiciones estipuladas al efecto.
- Criterio de caída de ventas para Autónomos: el Comité considera conveniente establecer la variación del nivel de facturación hasta un 5% nominal positivo en el período comprendido entre el 20 de marzo y el 19 de abril de 2020, respecto del mismo período del año 2019.
- Autónomos que hubieren iniciado sus actividades con posterioridad al 20 de marzo de 2019: se recomienda adoptar como base para el cálculo de la variación de la facturación al período comprendido entre el 20 de noviembre y el 20 de diciembre de 2019.
- Autónomos cuya actividad se haya iniciado durante el año 2020: se recomienda que respecto de ellos se considere cumplido el criterio exigido para acogerse al beneficio de Crédito a Tasa Cero.