¿Quiénes podrán solicitar el reintegro de la percepción?
Monotributistas, trabajadores en relación de dependencia y jubilados que realizan compras en moneda extranjera pero que no están alcanzados por los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales.
Requisitos:
– Contar con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).
– Contar con “Clave Fiscal”.
– Informar a esta Administración Federal la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta bancaria.
¿Cómo tramitar la devolución?
Para solicitar la devolución de percepciones hay que habilitar la aplicación “Devolución de Percepciones” Solicitud para la devolución de la percepción del 35% para quienes no son contribuyentes de los impuesto a las Ganancias o Bienes Personales – F.1746.
Una vez que lo dan de alta, deben ingresar a la aplicación “Devolución de Percepciones” y completar el formulario especificando período por período.
SIRADIG: Todavía no está habilitada la opción para deducir las percepciones en el caso de Empleados en Relación de Dependencia y Jubilados.
23 febrero, 2021
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