Se dispone la interacción entre el INAES y la AFIP para la constitución de cooperativas y mutuales, y el procedimiento registral y asignación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) a través de servicios web.
A tal fin, las solicitudes de inscripción se iniciarán ante el INAES, por cualquiera de los medios autorizados en la actualidad y luego serán remitidas a la AFIP a través de un servicio web, quien validará la información de los miembros y procederá a otorgar la CUIT, vincular al administrador de relaciones y habilitar el domicilio electrónico.
Para ello, toda la documentación que se presente deberá constar en archivos digitales y se deberá acompañar la declaración jurada de su autenticidad. Asimismo, se deberá consignar en el acta del órgano de administración la información de los integrantes del órgano directivo, el domicilio fiscal de la entidad, su adhesión al “Domicilio Fiscal Electrónico” y la designación de un administrador de relaciones.
Fuente: Errepar.
23 febrero, 2021
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