Con motivo en los cambios en la regularización de los contratos de locación dispuesto por el Código Civil y Comercial de la Nación, la AFIP reduce a 3 meses el plazo máximo para considerar que se trate de una locación temporaria de inmuebles con fines turísticos.
Señalamos que anteriormente el plazo máximo era de 6 meses.
Fuente: Errepar.
23 febrero, 2021
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