La Comisión arbitral dispone el levantamiento, a partir del 1/12/2020 de la declaración de días inhábiles a los fines del cómputo de los plazos procesales en todas las actuaciones administrativas que se tramitan ante los organismos de aplicación del Convenio Multilateral.
Asimismo se dispone que también desde el 1/12/2020 y mientras se encuentre vigente el decreto presidencial que ordena el “aislamiento social preventivo y obligatorio” se tendrá como único y excluyente medio de presentación de actuaciones administrativas la “Mesa de Entradas Virtual” de la comisión Arbitral.
Fuente: Errepar.
23 febrero, 2021
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