La Disposición DPPJ N° 28/2020 se publicó el 2 de octubre en el Boletín Oficial.
Establece la prórroga por noventa (90) días y comprende todo el alcance de la Disposición DPPJ Nº 12/2020 del mes de marzo pasado.
Esta medida permitirá extender la vigencia de los mandatos de los órganos de gobierno, administración y fiscalización de las asociaciones civiles, sin distinción de grados, cuyos vencimientos operaron u operen a partir de la entrada en vigencia del DNU Nº 297/2020 y sus eventuales prórrogas.
No obstante, aquellas entidades que se encuentren en condiciones de llevar asambleas dando cumplimiento a la normativa vigente podrán hacerlo.
Por disposición DPPJ N°30/2020 se admitirán para su toma de razón o inscripción, las reuniones del órgano de gobierno o administración de las personas jurídicas de la jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires que se celebren a distancia.
Las mismas deberán realizarse mediante la utilización de medios o plataformas informáticas o digitales con reproducción simultánea de audio y video entre sus participantes y de acceso gratuito para los legitimados a participar del acto.
Podrán utilizar este procedimiento aún quienes no lo tengan previsto en sus contratos o estatutos sociales inscriptos.
Este mecanismo virtual no se admitirá para aquellos actos que por disposición estatutaria o reglamentaria estén expresamente excluidos de esta modalidad.
23 febrero, 2021
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