MORATORIA AMPLIADA 2020

Ya se encuentra disponible en la página web de AFIP el servicio «Régimen de Información – Ley 27.562», dispuesto por el art. 59 de la reglamentación de la Moratoria Ampliada 2020.
Recordamos que por medio del citado Régimen de Información los sujetos que adhieran a la Moratoria deberán informar, con carácter de declaración jurada, los socios, accionistas y/o similares, titulares de por lo menos el treinta por ciento (30%) del capital social y/o similar al 26/8/2020.
También los sujetos alcanzados por el requisito de repatriación deberán informar con carácter de declaración jurada, el monto total de los activos financieros situados en el exterior que posean a la misma fecha.

Fuente: Errepar.

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