SE EXTIENDE HASTA EL 31/12/2020 LA EXENCIÓN EN GANANCIAS PARA SALUD, FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

Se extiende hasta el 31/12/2020 la eximición del impuesto a las ganancias para las remuneraciones devengadas en concepto de:

– guardias obligatorias (activas o pasivas),

– horas extras,

– y todo otro concepto que se liquide en forma específica y adicional en virtud de la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19, para los profesionales, técnicos, auxiliares (incluidos los de gastronomía, maestranza y limpieza) y personal operativo de los sistemas de salud pública y privada; el personal de las Fuerzas Armadas; las Fuerzas de Seguridad; de la actividad migratoria; de la actividad aduanera; bomberos, recolectores de residuos domiciliarios y recolectores de residuos patogénicos, que presten servicios relacionados con la emergencia sanitaria.

Fuente: Errepar.

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