Dado que la presentación y pago de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2019 fueron prorrogadas con vencimiento el 31/8/2020, estas obligaciones quedan excluidas de la moratoria ampliada 2020 dado que a través de ella se pueden incluir deudas vencidas al 31/7/2020.
Para poder financiar el saldo de dichas declaraciones juradas, se encuentra vigente hasta el 30/9/2020 el Miniplan establecido por la RG (AFIP) 4057. A través del mismo se puede regularizar dicho saldo con un pago a cuenta del 25% y 3 cuotas para todos los contribuyentes porque no se tendrá en cuenta este año la categoría de SIPER.
Fuente: Errepar.
23 febrero, 2021
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