El Poder Ejecutivo Nacional prorroga desde el día 21 de septiembre hasta el día 11 de octubre de 2020, inclusive, la vigencia del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” (ASPO) exclusivamente para las personas que residan o se encuentren en los aglomerados urbanos, y en los departamentos y partidos de las provincias argentinas que no cumplan positivamente determinados parámetros epidemiológicos y sanitarios.
En resto del país, se mantendrá el “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” (DISPO) para todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos, y en los partidos y departamentos de las provincias argentinas que no posean transmisión comunitaria sostenida del virus.
Se autorizan las reuniones sociales de hasta 10 personas en espacios públicos al aire libre, siempre que las personas mantengan entre ellas una distancia mínima de 2 metros, utilicen tapabocas y se dé estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y nacionales.
No podrá utilizarse el servicio público de transporte de pasajeros de colectivos, trenes o subtes.
Deberá autorizarse el acompañamiento durante la internación, en sus últimos días de vida, de los y las pacientes con diagnóstico confirmado de COVID-19 o de cualquier enfermedad o padecimiento.
Asimismo, se prorrogan hasta el 11 de octubre de 2020, inclusive, las limitaciones fronterizas.
Fuente: Errepar.
23 febrero, 2021
Leer noticia