Se modifica la forma de ingreso de los importes recaudados en el régimen general de percepción del impuesto sobre los ingresos brutos.
Los importes percibidos deberán ser ingresados, mediante un único pago, en el mes siguiente y hasta el día establecido en el calendario para el vencimiento de las obligaciones fiscales que, a tal efecto, aprueba anualmente la Agencia de Recaudación.
Fuente: Errepar.
23 febrero, 2021
Leer noticia