Las Declaraciones Juradas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales cuyos vencimientos operan los días 10/08 y 11/08, se considerarán cumplidas en término si se efectúan hasta el 12/08, inclusive.
También alcanza a los aportes y contribuciones con destino a la seguridad social así como a la información nominativa de retenciones y percepciones. Las obligaciones previstas para 10/08 y 11/08, se considerarán cumplidas en término si se efectúan hasta el 12/08, inclusive.
23 febrero, 2021
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