Decreto 332/20 – PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCIÓN
Se trata de beneficios para empleadores (salvo aquellos que realizan las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia sanitaria y cuyo personal fue exceptuado del aislamiento así como aquellas que no exterioricen indicios concretos que permitan inferir una disminución representativa de su nivel de actividad):
✅Postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al SIPA.
✅Asignación Compensatoria al Salario abonada por el Estado para todos los trabajadores en relación de dependencia del sector privado, para empresas de hasta 100 trabajadores.
✅REPRO Asistencia por la Emergencia Sanitaria, Suma no contributiva respecto al SIPA abonada por el Estado para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado que superen los 100 trabajadores .
El presente decreto resultará de aplicación respecto de los resultados económicos de las empresas ocurridos entre el 20 de marzo y el 30 de abril de 2020, inclusive.
A continuación se adjuntan dos archivos que contienen cuadros resumen de lo establecido por el decreto:
23 febrero, 2021
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