RG 11/2020 IGJ
Reuniones a distancia del órgano de administración o de gobierno de sociedades, asociaciones civiles o fundaciones podrán ser celebradas a distancia mediante la utilización de medios o plataformas informáticas o digitales aun en los supuestos en que el estatuto social no las hubieran previsto durante el lapso que dure el distanciamiento social.
23 febrero, 2021
Leer noticia