RESOLUCIÓN 890/20 – AGIP NUEVO PLAN DE FACILIDADES PERMANENTE
🔹 Para regularizar las obligaciones tributarias y las multas aplicadas.
🔹 Las obligaciones podrán ingresarse en hasta 36 cuotas iguales, mensuales y consecutivas.
🔹 El monto mínimo de la cuota $1.000.
🔹 No debe existir deuda corriente en los 90 días previos al acogimiento al Plan.
⚠️Queda sin efecto la R. (MHYF) 2722/04 a partir del 31/5/2020 y la presente rige a partir del 01/6/2020.
23 febrero, 2021
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