La Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva dispuso una alícuota incrementada en el impuesto sobre los bienes personales en el caso de poseer capitales en el exterior. Esta alícuota adicional puede evitarse si los contribuyentes repatrían parte de sus bienes hasta el 31 de marzo de cada año y lo mantienen en el país hasta el 31 de diciembre.
Los fondos podrán permanecer depositados en una cuenta abierta a nombre del titular (caja de ahorro, cuenta corriente, plazo fijo) en entidades financieras o se podrán afectar en forma parcial o total a algunos de los siguientes destinos:
Fuente: Errepar.
23 febrero, 2021
Leer noticia